domingo, 14 de agosto de 2016

Desde el martes se podrá solicitar los beneficios fiscales por contribuyente cumplidor. Cómo hacerlo

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beneficios fiscales por contribuyente cumplidor

Desde el martes, los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales en los últimos años podrán tramitar los beneficios previstos para ellos en la ley de blanqueo de capitales. Se podrá solicitar la exención del impuesto a los bienes personales por los años 2016, 2017 y 2018, o bien -en caso de no estar alcanzado por ese tributo- la devolución de lo retenido por el impuesto a las ganancias por el medio aguinaldo cobrado a mediados de este año.

La condición para ser beneficiario es haber cumplido con las obligaciones del impuesto a los bienes personales por 2014 y 2015 (declaraciones y pago), además de no haber participado del blanqueo anterior ni de un plan de facilidades de pago de deudas.

Ver también: Los empleados podrán elegir el banco para cobrar el sueldo

El trámite para cumplidores podrá hacerse entre el martes próximo y el 31 de marzo de 2017. Habrá que ingresar enwww.afip.gob.ar e ir al servicio interactivo llamado “Sistema registral” y luego a la opción “Ley 27.260 Beneficio para cumplidores”. Desde allí se podrá elegir uno de las dos opciones (Bienes Personales o Ganancias), según corresponda.
“También habrá que ratificar la declaración de bienes del año 2015”, según detalla Lucio Giaimo, socio a cargo de Impuestos y Legales de KPMG (la obligación de presentarla ya venció entre abril y junio pasados); según afirmaron en la AFIP, ese trámite en particular sólo supondrá hacer clic en un botón aceptando la confirmación de los datos. En caso de pedir el beneficio de Ganancias correspondiente al medio aguinaldo, las fuentes del organismo señalaron que habrá que completar un casillero que se incluirá en el formulario 572 (es el servicio interactivo llamado “Siradig” en la Web), para que el empleador -que actúa reteniendo el impuesto- acceda a la información.
Cómo buscar información
Para inducir al blanqueo y también para permitirle saber a cada contribuyente si está al día con sus declaraciones, desde el lunes pasado la AFIP tiene habilitado en su Web un sistema de consultas que permite que cada persona vea su situación.
Las consultas arrojaron en muchos casos que algunos bienes declarados aparecen como si no lo estuvieran, una cuestión por la cual desde el organismo recaudador aclararon, durante la semana, que el sistema sólo es para tener una referencia, pero que el hecho de que algo figure como no informado no implica de por sí la necesidad de ingresar al blanqueo. Por un lado, porque en algunos casos es posible chequear y comprobar que el bien en cuestión sí fue declarado (tal vez se detecte algún error formal). Y en otros casos, porque no correspondería esa declaración (por ejemplo, porque se trata de la cotitularidad de un depósito bancario cuyo saldo fue declarado por la persona correspondiente).
¿Cómo pueden consultarse los datos del propio patrimonio? Tras ingresar con la clave fiscal se debe ir a la opción “Nuestra parte”. Desde allí y luego de clickear en el botón de “Sinceramiento fiscal”, puede verse la siguiente información:
Evolución patrimonial. Hay un cálculo de la variación de los bienes patrimoniales y del monto de ingresos percibidos, según lo declarado por cada año.

Ver también: Cómo informa la web de la AFIP las inconsistencias de cada contribuyente

Activos no declarados. Aparecen los bienes de los cuales la AFIP recibió información por parte de terceros (bancos, registros de la propiedad, por ejemplo) y que no fueron incluidos en la declaración de Bienes Personales. En este ítem podrían figurar depósitos bancarios que están a nombre de más de una persona, es decir, una cuenta de la que alguien tenga la cotitularidad, pero eso no significa que todos los incluidos deban declararlo. En el caso de los autos, el organismo AFIP aclaró que podrían aparecer unidades que en realidad ya no tiene el contribuyente y que eso podría ocurrir, por ejemplo, porque no se hizo un trámite de baja. También es posible que el vehículo esté como no declarado por algún error al consignar algún dato, como el dominio. “No pasa nada si puede demostrarse que es el mismo auto y no otro que no se declaró”, dijeron en el organismo. Y en el caso de un plazo fijo, el depósito puede figurar como no declarado si existe una diferencia en el saldo informado por el banco y el declarado por la persona, algo que puede deberse a los intereses (el número podría variar según el saldo se haya declarado con o sin los intereses acumulados al 31 de diciembre).
Según el contador Sebastián Mancuso, de la firma GNP, el servicio “Nuestra Parte” debe tomarse como un mero instrumento de consulta, porque “como todo sistema nuevo puede tener inconsistencias en algunos casos; está lejos de ser una declaración proforma del blanqueo”.
La propia página del organismo permite consultar el detalle de qué activos fueron informados cada año. A la declaración de 2015 puede accederse desde el mismo botón de “Sinceramiento fiscal” (dentro de la opción “Nuestra parte”). Y para ver el detalle de las declaraciones de otros años se debe adherir al servicio interactivo llamado “Sistema de cuentas tributarias”. Si no aparece en la primera pantalla tras ingresar con clave fiscal, se puede buscar esa opción clikeando en “Administrador de relaciones con clave fiscal”.
Información proveniente de otros fiscos. En este apartado la AFIP irá volcando los datos de las tenencias de argentinos en el exterior -no declaradas- que surjan del cruce de información con otros países.
Otros dos ítems permiten ver si se detectaron otro tipo de irregularidades o inconsistencias entre los ingresos, los movimientos patrimoniales y los activos que tiene una persona.
Si existen activos que no fueron informados en las declaraciones originales de Bienes Personales, “el único camino es entrar al blanqueo, porque el decreto reglamentario impide incluir en la moratoria [dispuesta para deudas impositivas] declaraciones rectificativas posteriores al 31 de mayo de este año”, explica el tributarista César Litvin.
¿Y qué pasará para quien no adhiera? Si no se entra al blanqueo por un bien ya detectado o que sea detectado con posterioridad, “la AFIP determinará de oficio el incremento patrimonial no justificado”, con el cobro de impuestos más intereses y multas por la falta de declaración. “Y se suma una denuncia penal tributaria si la determinación de la deuda suma más de $ 400.000 de impuesto anual”, agrega el tributarista.
Paso a paso para ver datos
Cómo interactuar con la página de la AFIP
Clave fiscal
Para ver información personal es necesario entrar en www.afip.gob.ar con la clave fiscal. Entre los servicios que aparecen disponibles se debe elegir el llamado “Nuestra parte” y desde allí ir al botón denominado “Sinceramiento fiscal”
Activos no declarados
Una de las opciones que estarán disponibles es la que muestra los bienes sobre los que la AFIP recibió información de diferentes fuentes pero no encontró en las declaraciones juradas del contribuyente; también se pueden buscar datos en “Información de otros fiscos” o en “Otras inconsistencias detectadas”. La información se irá actualizando periódicamente
Declaración jurada
En la página es posible acceder al detalle de lo que fue informado cada año a la AFIP; la declaracion de 2015 puede encontrarse entre las opciones que están en “Sinceramiento fiscal”. Las anteriores están en un servicio interactivo llamado “Sistema de cuentas tributarias”
Pedir el beneficio
Si se tiene todo en orden, desde el martes se podrá pedir el beneficio de la exención de Bienes Personales o la devolución de lo pagado por Ganancias por el medio aguinaldo; para eso habrá que ingresar en un apartado llamado “Sistema registral”
Si querés más información visita sosempestudio

Para ver la entrada completa haz click aquí: Desde el martes se podrá solicitar los beneficios fiscales por contribuyente cumplidor. Cómo hacerlo - De Nuestro Blog http://www.sosempestudio.com/
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