jueves, 25 de febrero de 2016

Convenio Multilateral – Modificación de Domicilio fiscal en la Jurisdicción SEDE

Convenio Multilateral - Modificación de Domicilio fiscal

Convenio Multilateral – Modificación de Domicilio fiscal en la Jurisdicción SEDE ¿Cómo se realiza el trámite?

Se inicia en la página de AFIP con Calve Fiscal a través del Servicio Padrón WEB de la Comisión Arbitral. Se obtiene el formulario CM02 que debe imprimirse y presentarse después de las 48 hs. en los lugares indicados en la presente guía para confirmar el trámite en los casos en que el formulario CM02 figure la leyenda de Trámite pendiente.
La confirmación debe ser realizada después de 48 horas de emitido el formulario pero dentro de los 15 días de producida la modificación.

¿Cómo se finaliza este trámite?

Una vez finalizado el trámite online deberá terminarlo en:
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, atención exclusiva a matriculados.Colegio de Graduados en Ciencias Económicas, Delegación AGIP-DGR
¿Quiénes pueden hacer este Trámite y qué documentación deben presentar?
Personas Físicas: Titular: – CM02 – DNI: Original y Fotocopia – Si el domicilio no está actualizado Constancia Policial , Contrato de locación o título de propiedad: Original y Fotocopia
Representante: CM02 – DNI del Representante: Original y Fotocopia – DNI del Titular: Fotocopia – Si el domicilio no está actualizado Constancia Policial , Contrato de locación o título de propiedad: Original y Fotocopia
Personas Jurídicas: Presidente / Socio Gerente: – CM02 .La modificación del estatuto o Contrato social por IGJ: Original y Fotocopia – En caso de que el organismo de control no sea la IGJ presentar la modificación del estatuto o contrato social por el organismo de control correspondiente – Para las restantes sociedades escritura o boleto de compra venta o contrato de alquiler
Apoderado: Poder: Original y Fotocopia – CM02 – La modificación del estatuto o Contrato social por IGJ: Original y Fotocopia – En caso de que el organismo de control no sea la IGJ presentar la modificación del estatuto o contrato social por el organismo de control correspondiente – Para las restantes sociedades escritura o boleto de compra venta o contrato de alquiler
Recuerden que en caso de dudas con pueden contactar por mail o por MP en nuestra pagina de Facebook

Para ver la entrada completa haz click aquí: Convenio Multilateral – Modificación de Domicilio fiscal en la Jurisdicción SEDE - De Nuestro Blog http://ift.tt/1XX5MgT
%.



http://ift.tt/1UmYQvp